Consejos útiles:
- Los productos milagro no son medicamentos. Hay que resaltar que la legislación española dispone un riguroso sistema de registro de Medicamentos: Deben llevar un número de siete dígitos -Código Nacional de Medicamentos. El control previo sanitario queda patente por las siglas C.P.S.
- Hay que desconfiar de las grandes promesas. No hay ninguna seguridad de que los denominados productos milagro cumplan con la función correctora o terapéutica que anuncian.
- Los medicamentos (con y sin receta) solo se pueden dispensar en las Oficinas de Farmacia. Hay que denunciar cualquier intento decomercialización por otras vías (Internet...)
- Hay que extremar la cautela con los productos que se ofertan en medios de comunicación de masas (radio, TV, catálogos, teléfono, etc.), el componente publicitario es altísimo y la intermediación sanitaria, generalmente nula.
- Hay que tener presente que ante la existencia de una verdadera enfermedad o lesión que precise un tratamiento terapéutico, el empleo de productos milagro puede hacer perder un tiempo precioso que retarde o impida iniciar dicho tratamiento en el momento adecuado.
- Los cosméticos pueden limpiar, mantener o proteger el buen estado de la piel o modificar el aspecto de las partes externas del cuerpo pero nunca pueden atribuirse acciones terapéuticas.
- La frase comercial "de venta en farmacias" no asegura la eficacia del producto.
- No se debe utilizar ningún producto supuestamente beneficioso para la salud sin consultar con el médico o farmacéutico.
- Alguno de estos productos tiene "efecto placebo", que consiste en tomar sustancias inactivas y bajo el convencimiento que tiene virtudes terapéuticas.
Generalmente se entiende por producto milagro aquel al que se le atribuyen una serie de propiedades sobre el organismo sobre las que no se ha demostrado por medios científicamente válidos que pueda producirlos.
Será aquel del que se digan cosas o se le atribuyan propiedades que no se hayan podido demostrar.
Un producto milagro no lo es necesariamente por su composición, sino por su información.
Algunos ejemplos:
- Jalea real, como producto contra el cáncer.
- Pulseras magnéticas, contra la artrosis y la hipertensión.
- Agua imantada, para la disolución de cálculos de riñón.
- Pinzas para dejar de fumar.
- Sustancias vegetales, para potenciar la capacidad sexual.
- Productos, para adelgazar sin esfuerzo.
- Alimentos, para mejorar el rendimiento físico, que no justifiquen su acción.
Otra estrategia puede consistir en añadir a un alimento, algún compuesto exógeno con actividad farmacológica (p.ej. leche adicionada de "antioxidantes"; o huevos con ácidos grasos omega-3).
Aunque diferentes, todos estos productos denominados “productos milagro” tienen características comunes:
- Se dan a conocer mediante una publicidad agresiva, frecuentemente engañosa.
- Se diseñan y comercializan, aprovechándose de dudosas interpretaciones y lagunas evidentes en las reglamentaciones sanitarias.
- Utilizan la ingenuidad y la sugestión de las personas que creen poder conseguir el efecto deseado sin esfuerzo alguno (dejar de fumar, adelgazar, efectos afrodisíacos, conciliar el sueño,...).
- Se comercializan en multitud de establecimientos, utilizando en ocasiones el prestigio que tienen las instalaciones de carácter sanitario y los profesionales que las dirigen.
Pero la frontera entre lo legal y lo que no lo es, no es nítida.
Aunque existe amplia legislación , se siguen produciendo lamentablemente fraudes contra el consumidor. En este sentido, han de ser los propios consumidores los que actúen, ejerciendo el derecho a recibir una información veraz y contrastada, y denunciando cualquier indicio de manipulación en la publicidad recibida.
Los ciudadanos disponen de las asociaciones de consumidores y usuarios; de servicios de consumo locales, autonómicos y nacionales, de asociaciones y colegios profesionales(muchos colegios de farmacéuticos provinciales y el Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos tienen un sistema de vigilancia continua).
Pueden dirigirse a cualquiera de ellos o incluso a cualquier oficina de farmacia.
FUENTE: Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos